Archivos Mensuales: Diciembre, 2009
Desde hoy está disponible para su descarga gratuita la Guía GEE1 que cubre todos los aspectos para mejorar la eficiencia energética de los edificios existentes:
- Envolvente térmica: puentes térmicos, aislamientos y ventanas.
- Ventilación y estanqueidad.
- Climatización y producción de ACS
- Iluminación y electrodomésticos
- Energías renovables
Disponible en el apartado de publicaciones de Renovarte
El Gobierno de Canarias, a través de la Consejería de Empleo, Industria y Comercio, convoca mediante concurso para el ejercicio 2009, la concesión de subvenciones para la realización de distintas actuaciones que fomenten el ahorro y la eficiencia energética.
Entre las actuaciones objeto de subvención caben destacar:
Auditorías energéticas en edificios:
- Beneficiarios: personas físicas o jurídicas de naturaleza pública o privada que sean propietarios, titulares o gestores (con capacidad de actuación) de los edificios donde se proponen las mejoras.
- Actuaciones subvencionables: las auditorías realizadas en edificios con el fin de mejorar su eficiencia energética.
- Cuantia subvencionable: el 75% del coste del estudio con un límite máximo de 20.000 euros por edificio.
Mejora de la eficiencia energética de las instalaciones de iluminación interior en los edificios existentes:
- Beneficiarios: personas físicas o jurídicas de naturaleza pública o privada que sean propietarios, titulares o gestores (con capacidad de actuación) de los edificios donde se proponen las mejoras.
- Actuaciones subvencionables: aquellas que con carácter general, consigan una reducción de al menos un 25% del consumo de energía convencional en la iluminación interior de los edificios, garantizando un confort lumínico adecuado a la tarea a realizar, y que se justifiquen documentalmente.
- Cuantia subvencionable: 22% del coste elegible y con un coste máximo de 10.000 euros por edificio destinado a vivienda y 50.000 euros por edificio destinado a otros usos.
Mejora de la eficiencia energética de las instalaciones térmicas de los edificios existentes:
- Beneficiarios: personas físicas o jurídicas de naturaleza pública o privada que sean propietarios, titulares o gestores (con capacidad de actuación) de los edificios donde se proponen las mejoras.
- Actuaciones subvencionables: aquellas que consigan una reducción anual del 20% del consumo de energía convencional mediante actuaciones en sus instalaciones de calefacción, climatización y producción de agua caliente sanitaria y que se justifiquen documentalmente, quedando excluidas aquellas que utilicen captadores solares térmicos.
- Cuantia subvencionable: 22% del coste elegible. Se podrán proponer cuantías superiores, con el límite del 30% del coste elegible, para medidas técnicas específicas, siempre que su viabilidad técnica, económica y energética lo aconseje, dirigidas específicamente a incentivar equipos y sistemas de alta eficiencia energética.
Rehabilitación energética de la envolvente térmica de los edificios existentes:
- Beneficiarios: personas físicas o jurídicas de naturaleza pública o privada que sean propietarios, titulares o gestores (con capacidad de actuación) de los edificios o viviendas (en el caso de obras destinadas a renovación de huecos) donde se proponen las mejoras.
- Actuaciones subvencionables: obras destinadas a la mejora de la envolvente térmica del edificio y obras destinadas a la renovación de cerramientos de huecos (ventanas).
- Cuantia subvencionable: con carácter general la cuantía máxima de la ayuda será del 22% del coste elegible, con un máximo de 10.000 euros por cada vivienda unifamiliar y 200.000 euros por cada edificio de viviendas en bloque u otros usos. En el caso de la mejora de la envolvente térmica del edificio la cuantía máxima de la ayuda será del 27% para edificios de clase energética B y del 35% para edificios de clase energética A.
El plazo de presentación de las solicitudes será de tres meses contados desde el 23 de diciembre del 2009, hasta el 23 de marzo del 2010.
Más información en: Boletín Oficial de Canarias – B.O.C.
ADVERTENCIA: El contenido de esta página tiene carácter meramente informativo pudiendo existir errores. Las condiciones de este procedimiento son las publicadas en la normativa correspondiente.
Se promoverán y desarrollarán los dos objetivos fundamentales de la Carta de Leipzig sobre Ciudades Europeas Sostenibles aprobada en 2007:
- Impulso de la sostenibilidad de las ciudades y el uso innovador de los enfoques integrados en las políticas urbanas que permita coordinar las tres dimensiones -social, económica y medioambiental- de la sostenibilidad.
- Dedicación de una especial atención a los barrios más desfavorecidos, mediante políticas integrales que incidan en la calidad de vida, la cohesión social, la igualdad, la innovación, la lucha contra la pobreza y la lucha contra la exclusión social.
Se pretende asumir la rehabilitación como eje principal de un nuevo modelo urbano, centrandose más en los procesos de renovación, en la puesta en valor de la ciudad existente y del patrimonio construido, en lugar de hacerlo en la ocupación de suelos vírgenes y en la construcción de vivienda nueva. Durante la Presidencia Española se llevarán a cabo una serie de trabajos en esta línea que culminarán con sendos encuentros informales de ministros responsables de vivienda y de desarrollo urbano.
Así, a lo largo del semestre se intentará llegar a una definición común de la llamada rehabilitación urbana integrada, contando para ello no sólo con el apoyo de los Estados miembros, sino también de las principales instituciones de la Unión Europea.
Además, se impulsarán los trabajos iniciados por anteriores Presidencias. En este sentido, y en relación con el eje de sostenibilidad, se prevé la presentación de los resultados finales del grupo de trabajo institucional y de Estados miembros para la implementación de la Carta de Leipzig y el desarrollo del marco de referencia de la ciudad europea sostenible, un proceso definido en la reunión informal de ministros celebrada en Marsella en 2008 y desarrollado a través de dos grupos de trabajo: uno de Estados miembros e instituciones y otro de ciudades. De manera complementaria, dentro del proceso existen también unos grupos nacionales de apoyo. El correspondiente a España celebró su primera reunión el pasado mes de septiembre contando con la participación de las comunidades autónomas, la Federación Española de Municipios y Provincias, la Red de Redes de Desarrollo Local Sostenible, entre otros.
Finalmente, durante la Presidencia Española, se prevén diferentes acontecimientos entre los que se pueden destacar, la próxima presentación del Libro Blanco de la Sostenibilidad en el Planeamiento Urbanístico, el lanzamiento del Observatorio de la Vulnerabilidad Urbana en España, además de eventos internacionales como el Solar Decathlon Europe.
Enlaces:
Red Europea de Conocimiento Urbano – EUKN
Ministerio de Vivienda
Carta de Leipzig sobre Ciudades Europeas Sostenibles
La Orden de 3 de diciembre de 2009, publicada en el DOE número 247 del 28 de diciembre del 2009, tiene por objeto la convocatoria pública para el año 2010, de subvenciones destinadas al programa de rehabilitación de viviendas de propiedad municipal, para la recuperación de barriadas o promociones públicas de viviendas de propiedad municipal, mediante intervenciones de rehabilitación de sus edificios y viviendas.
Los beneficiarios son los Ayuntamientos de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Las actuaciones objeto de ayuda serán las recogidas en los apartados 1 y 2 del artículo 56 del Decreto 114/2009, es decir:
1. Actuaciones protegidas en materia de rehabilitación de edificio:
- Estabilidad y seguridad estructural y constructiva
- Estanqueidad frente a la lluvia, evacuación del agua de lluvia y supresión de humedades.
- Iluminación y ventilación de espacios.
- Condiciones de salubridad.
- Sistemas de ahorro energético.
- Adecuación de las redes generales de agua, gas, electricidad, telefonía y saneamiento.
- Accesibilidad y supresión de las barreras arquitectónicas.
- Instalación, renovación y mejora de ascensores y sus condiciones de seguridad.
- La remodelación del número y/o superficie de las viviendas de un edificio, sin que ninguna vivienda supere, en caso de ampliación, 120 metros cuadrados de superficie útil.
2. Actuaciones protegidas en materia de rehabilitación de vivienda:
- Redistribución interior.
- Iluminación, extracción de humos y ventilación.
- Instalaciones de suministro de agua, gas, electricidad y otros suministros energéticos.
- Servicios sanitarios, cocina, saneamiento y fontanería.
- Ampliación de la superficie de la vivienda, conforme a lo dispuesto en el planeamiento urbanístico, hasta un máximo de 120 metros cuadrados.
- Accesibilidad y supresión de las barreras arquitectónicas.
- Sistemas de ahorro energético.
- Aislamiento térmico y acústico.
El procedimiento de concesión de las ayudas será el de concurrencia competitiva, hasta el límite de los créditos disponibles.
El importe máximo de las ayudas podrá llegar hasta el 40% del presupuesto protegido de la actuación y con un límite cuantitativo máximo de 12.000 euros por vivienda.
El plazo de presentación de las solicitudes será hasta el 27 de enero del 2010.
Más información en: Diario Oficial de Extremadura – D.O.E.
ADVERTENCIA: El contenido de esta página tiene carácter meramente informativo pudiendo existir errores. Las condiciones de este procedimiento son las publicadas en la normativa correspondiente.
La Consejería de Economía y Hacienda de la Comunidad de Madrid ha pulicado en el B.O.C.M nº 300, viernes 18 de diciembre del 2009, la ORDEN de 30 de noviembre de 2009, por la que se regula la concesión de ayudas por el Instituto Madrileño de Desarrollo para promoción de actuaciones de ahorro y eficiencia energética y se realiza su convocatoria para el año 2009.
Podrán ser beneficiarios de estas ayudas las personas físicas y jurídicas que cumplan los requisitos establecidos en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 13 de noviembre, General de Subvenciones, así como los requisitos particulares que establece el artículo 5 de la presente Orden para cada una de las actuaciones subvencionables.
El procedimiento de concesión de las ayudas será el de concurrencia competitiva.
Las actuaciones subvencionables podrán ser:
- Auditorias energéticas en sectores industriales.
- Sustitución de equipos e instalaciones industriales.
- Actuaciones de mejora de la eficiencia energética de las instalaciones térmicas de edificios existentes.
- Actuaciones de mejora de la eficiencia energética de las instalaciones de iluminación interior en edificios existentes.
- Renovación de las instalaciones de alumbrado público exterior existentes.
- Estudios, análisis de viabilidad y auditorías de instalaciones de alumbrado exterior existentes.
- Auditorías energéticas en cogeneraciones existentes.
- Plantas de cogeneración de alta eficiencia en los sectores no industriales.
- Fomento de plantas de cogeneración de pequeña potencia.
El periodo de ejecución de las inversiones deberá estar comprendido entre el 1 de enero del 2009 y el 30 de septiembre del 2010, salvo que la notificación de la resolución de concesión tenga lugar después del 31 de agosto de 2010, en cuyo caso el plazo será de un mes a partir de la notificación de la resolución de concesión.
El plazo de presentación de las solicitudes será hasta el 19 de febrero del 2010.
Más información en: Fundación de la Energía de la Comunidad de Madrid
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promoción de actuaciones de ahorro y eficiencia energética 2009