Archivos Mensuales: Abril, 2010

País Vasco: ayudas para el fomento de acciones y proyectos de ahorro, eficiencia energética y utilización de energías renovables 2010

En el Boletín Oficial del País Vasco numero 79, de fecha 30 de abril del 2010, se hace pública la convocatoria de concesión de ayudas, bajo la forma de subvención no reintegrable, para el fomento de acciones y proyectos de ahorro, eficiencia energética y utilización de energías renovables para el ejercicio 2010.

Los fondos destinados a esta ayudas son de 4.531.000 euros, de los cuales 3.260.000 euros.son oara el área del ahorro energético y la producción combinada de electricidad y calor, y 1.271.000 euros para el área de las energías renovables.

Dichas ayudas complementan la financiación de actuaciones de ahorro y eficiencia energética contempladas en el Plan de Acción de la Estrategia de Ahorro y Eficiencia Energética (PAE4+), así como en el Programa de Ayudas Públicas para inversiones en Energías Renovables, en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Euskadi.

El modelo de solicitud y de formularios serán facilitados por cualquiera de las Delegaciones Territoriales del Departamento de Industria, Innovación, Comercio y Turismo o podrán obtenerse en la dirección de Internet: www.euskadi.net/industria.

El plazo de presentación de solicitudes será de dos meses a partir del 1 de mayo del 2010.

Más información en: Departamento Industria Gobierno Vasco

ADVERTENCIA: El contenido de esta página tiene carácter meramente informativo pudiendo existir errores. Las condiciones de este procedimiento son las publicadas en la normativa correspondiente.

Mejorar la eficiencia energética de las viviendas ya construidas necesario para luchar contra el cambio climático Beatriz Corredor - Ministerio de Vivienda

Según declaraciones realizadas por la Ministra de Vivienda, Beatriz Corredor, el pasado 28 de abril, “los avances logrados en la eficiencia energética de las viviendas de nueva construcción no son suficientes para cumplir nuestros compromisos internacionales en materia de cambio climático. Por ello, es imprescindible actuar sobre los edificios ya existentes”.

La Ministra inauguró el Congreso SB10mad, en su intervención recordó que el Código Técnico de la Edificación, aprobado en 2006,  establece unos limites  en el uso de energía y en las emisiones asociadas al mismo en la nueva edificación, pero ha destacado que existen un gran número de viviendas que se construyeron anteriormente a estas exigencias, sin los niveles actuales de exigencia en cuanto a eficiencia, accesibilidad o aislamiento acústico o térmico y que por lo tanto necesitan incorporar medidas que mejoren su habitabilidad.

Nuevo modelo de desarrollo urbano.

La ministra ha declarado que “estamos ante la oportunidad de avanzar hacia un nuevo modelo de desarrollo urbano que necesariamente tiene que pasar por la regeneración de la ciudad existente, una política de desarrollo integrado de los barrios más desfavorecidos y la mejora de la eficiencia energética de nuestros edificios y viviendas”.

Según indican los últimos datos de transacciones y precios de vivienda así como el incremento en la concesión de nuevas hipotecas, el sector inmobiliario ha entrado en una fase de mayor estabilidad, por lo que es el momento idóneo para acometer un cambio en el modelo urbano. Lo que se debe evitar es volver a cometer los errores del pasado con años en los que se llegaron a iniciar 700.000 viviendas en un solo ejercicio. En este punto la rehabilitación y renovación urbanas se tienen que convertir en el eje de esa necesaria reconversión.

Sobre la rehabilitación ha destacado que dinamiza el mercado y genera actividad para las empresas e industrias auxiliares del sector así como a los fabricantes de materiales; genera 54 puestos de trabajo por cada millón de euros invertido en obras de rehabilitación, aportando por lo tanto más empleo que la obra civil o la edificación de nuevas viviendas; y permite avanzar hacia un modelo urbano más cohesionado a través de la recuperación de los centros de las ciudades y barrios desfavorecidos y obsoletos, lo que fomenta una mayor cohesión social frente a los graves inconvenientes de la urbanización dispersa.

Más información en: Ministerio de Vivienda

CIRPROTEC

APIP’ÑA Asociación de fabricantes de paneles inyectados de poliuretano de España

Valencia: ayudas para mejora y ahorro energético 2010 Plan de Acción de la Estrategia de Ahorro y Eficiencia Energética 2008-2012 (PAE4+)

El día 26 de abril del 2010 se publicó, en el Diario Oficial de la Comunidad Valenciana, las bases reguladoras para el ejercicio 2010 de las ayudas de la Agencia Valenciana de la Energía (AVEN) en el marco del Plan de Acción 2008-2012 de la Estrategia de Ahorro y Eficiencia Energética en España (PAE4+).

Las líneas de actuación más destacadas son:

1- Programa de Ahorro y Eficiencia Energética en la Empresa.

Inversiones en medidas de ahorro de energía en las empresas.

El objetivo de esta medida es facilitar la viabilidad económica de las inversiones en ahorro de energía en las empresas de la Comunidad Valenciana en cualquier sector económico.

Los beneficiarios podrán ser las empresas de la Comunidad Valenciana pertenecientes a cualquier sector económico.

Los costes elegibles son:

  • Inversiones en equipos, instalaciones y sistemas que transforman o consumen energía en el proceso productivo, así como los sistemas auxiliares necesarios para el funcionamiento.
  • Montaje y puesta en marcha

La cuantía máxima de las ayudas será:

  • Equipos e instalaciones de procesos: 22% del coste elegible, con un máximo de 300.000€ por proyecto.
  • Renovación de equipos auxiliares consumidores de energía: 30% del coste elegible, con un máximo de 300.000€ por proyecto.

2- Programa de Ahorro y Eficiencia Energética en la Edificación.

A) Rehabilitación energética de la envolvente térmica de los edificios existentes.

El objeto es reducir la demanda energética en calefacción y refrigeración de los edificios existentes no residenciales mediante la rehabilitación energética de la envolvente térmica, cumpliendo, al menos, con la exigencias marcadas por el Código Técnico de la Edificación.

Los beneficiarios podrán ser las empresas de servicios energéticos y las personas físicas o jurídicas de naturaleza pública o privada, propietarios o titulares de edificios de sector terciario.

El cálculo del ahorro energético se realizará mediante la comparación de la demanda del edificio en situación actual con la situación mejorada que se pretende alcanzar tras la reforma.

Las actuaciones, con carácter orientativo y no limitativo, podrán ser:

  • Rehabilitación térmica de fachadas y medianeras mediante colocación de aislamiento térmico en los muros.
  • Rehabilitación térmica de cubiertas mediante colocación de aislamiento térmico por el interior o exterior de estas.
  • Rehabilitación con aislamiento térmico de forjados en contacto con espacios no habitables, con el exterior o con el terreno.
  • Rehabilitación con aislamiento térmico de particiones interiores en contacto con espacios no habitables.
  • Reforma térmica de huecos.
  • Reformas que incluyan medidas bioclimáticas (muros trombe, muros parietodinámicos, ventilación natural,…)

Se considerará coste elegible el coste de materiales, la obra civil, las  instalaciones auxiliares y el proyecto de arquitectura/ingeniería. Además, cuando el objeto sea alcanzar una calificación energética A o B, se incluirá como coste elegible el coste de la ingeniería requerida para esta calificación.

La cuantía máxima de las ayudas será:

  • Generalmente 22% del coste elegible, con un máximo de 300.000€ por edificio.
  • 35%  del coste elegible cuando los valores de transmitancia térmica y factor solar modificado sean inferiores a los marcados en las tablas 1, 2 y 3 especificadas en el texto de las ayudas.
  • 27% del coste elegible en edificios con calificación energética B
  • 35% del coste elegible en edificios con calificación energética A.

B) Mejora de la eficiencia energética de las instalaciones térmicas de los edificios existentes.

El objeto es reducir el consumo de energía de las instalaciones térmicas existentes de los edificios (calefacción, climatización y producción de agua caliente sanitaria)

Los beneficiarios podrán ser las empresas de servicios energéticos y las personas físicas o jurídicas de naturaleza pública o privada, propietarios o titulares de edificios de sector residencial o terciario.

Las actuaciones objeto de estas ayudas podrán ser:

  • Sustitución de calderas de potencia térmica nominal superior a 70KW.
  • Sustitución de equipos para producción de calor y/o frío.
  • Mejora de la eficiencia energética de la instalación de climatización mediante la instalación de máquinas de absorción/adsorción que trabajen con con calores residuales o renovables.
  • Sustitución de equipos de bombeo de fluidos caloportadores de caudal constante por equipos de bombeo de caudal variable
  • Mejora o sustitución de los sistemas de ventilación y acondicionamiento.
  • Sistemas de enfriamiento gratuito por aire exterior y de recuperación de calor del aire de extracción.
  • Sistemas que combinen equipos convencionales con técnicas evaporativas.
  • Mejora de los sistemas de climatización de piscinas cubiertas.
  • nuevas instalaciones de sistemas centralizados de calefacción y refrigeración urbana o distrito que den servicio a varios edificios.
  • Sistemas de control y regulación de equipos y/o instalaciones.
  • Sistemas de contabilización y telegestión del consumo de energía.
  • Otras actuaciones energéticas que consigan una reducción del 20% del consumo de energía convencional.

La cuantía máxima de la ayuda, con caracter general, será del 22% del coste elegible. Puede alcanzar el 30% en proyectos que incorporen equipos con altas prestaciones energéticas.

C) Mejora de la eficiencia energética de las instalaciones de iluminación interior existentes.

El objeto es reducir el consumo de energía de las instalaciones de iluminación interior existentes.

Los beneficiarios podrán ser las empresas de servicios energéticos y las personas físicas o jurídicas de naturaleza pública o privada, propietarios o titulares de edificios de sector residencial o terciario.

Las actuaciones incluidas en esta medida serán las que reduzcan, al menos, un 25% el consumo de energía convencional, con caracter orientativo y no limitativo podrán ser:

  • Luminarias, lamparas y equipos: sustitución del conjunto por otro con luminaria de mayor rendimiento, lamparas de mayor eficiencia y reactancias electrónicas reguladas y que permitan reducir la potencia instalada en un 30%.
  • Sistemas de control de encendido y regulación del nivel de iluminación: incluirán aquellos sistemas de control por presencia y regulación de nivel de iluminación , que consigan un ahorro eléctrico de, al menos, un 20% anual.
  • Cambio del sistema de iluminación: reubicación de los puntos de luz, reduciendo el consumo eléctrico anual, al menos, el 30%.

La cuantía máxima de la ayuda será del 22% del coste elegible, con un máximo de 10.000€ por edificio, en el caso de edificio residencial,  y 50.000€ por edificio, en el caso de edificio terciario.

D) Construcción de nuevos edificios con alta calificación energética.

El objeto es reducir el consumo de energía mediante la promoción de edificios de nueva construcción (viviendas unifamiliares, edificios de viviendas y/o edificios terciarios) con alta calificación energética, A o B.

Los beneficiarios podrán ser las empresas de servicios energéticos y las personas físicas o jurídicas de naturaleza pública o privada, propietarios o titulares de edificios de sector residencial o terciario.

El coste elegible comprenderá las medidas de eficiencia energética que afecten a la envolvente térmica, sus instalaciones térmicas e instalaciones de iluminación interior. Se considerará el extracoste en materiales, equipos, instalaciones y  sistemas necesarios para pasar de una calificación D a A o B.

Cuantía de las ayudas:

  • Viviendas unifamiliares: calificación B 30€/m2, calificación A 50€/m2.
  • Viviendas en bloque residencial: calificación B 20€/m2, calificación A 35€/m2.
  • Edificios terciarios: calificación B 15€/m2, calificación A 30€/m2.

E) Mejora de la eficiencia  energética en las instalaciones de ascensores y escaleras mecánicas existentes.

El objeto es reducir el consumo energético de los ascensores existentes en edificios de viviendas  con un mínimo de 4 plantas y los ascensores y escaleras mecánicas en edificios de uso terciario.

Los beneficiarios podrán ser las empresas de servicios energéticos y las personas físicas o jurídicas de naturaleza pública o privada, propietarios o titulares de edificios de sector residencial o terciario.

Las actuaciones energéticas incluidas en esta medida serán las que consigan una reducción del 35% del consumo de energía en el movimiento e iluminación del ascensor y/o la escalera mecánica. podrán ser:

  • En ascensores: equipamiento con una máquina de tracción directa.
  • En escaleras mecánicas: motor controlado por un variador de frecuencia o sistema similar.
  • Sistema de iluminación de cabina energéticamente eficiente, con un VEEI de 7,5.
  • Iluminación de zócalos de escaleras mecánicas que consigan una reducción de, al menos, un 35% de consumo de energía electrica.

La cuantía de las ayudas, con carácter general, será del 35% del coste elegible, con un máximo de 3.300€ por ascensor o escalera mecánica.

Más información en: Agencia Valenciana de la Energía

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