Extremadura: Plan de Vivienda, Rehabilitación y Suelo 2009-2012

Mediante el Decreto 114/2009, publicado en el DOE número 101, del 28 de mayo del 2009, se pretende impulsar las políticas de fomento público de la vivienda y promoción del suelo, a fin de facilitar a los ciudadanos que residen en Extremadura el ejercicio del derecho constitucional de disfrutar de una vivienda digna y adecuada.

Serán beneficiarios de estas ayudas quienes cumplan los requisitos previstos en el presente Decreto:

  • No ser titulares del pleno dominio o de un derecho real de uso o disfrute sobre alguna otra vivienda sujeta a régimen de protección pública.
  • No ser titulares del pleno dominio o de un derecho real de uso o disfrute sobre alguna otra vivienda libre, salvo que hayan sido privados de su uso por causa no imputable a los interesados.
  • Deberán estar inscritos en un registro público de demandantes.
  • Deberán no superar los ingresos familiares máximos establecidos en cada programa de este Decreto, que en ningún caso pueden exceder de 7,5 veces el IPREM.
  • Los demandantes deberán disponer de unos ingresos familiares mínimos.

Existen varios programas de actuación, lo más destacado es:

Programa 1.1.- Promoción privada de viviendas protegidas para venta.

  • Los promotores de viviendas calificadas como protegidas del programa de régimen especial, general y concertado, cuyos proyectos obtengan una calificación energética de la clase A, B o C, podrán acceder a una subvención con las siguientes cuantías:

Calificación A: 1.500€ por vivienda

Calificación B: 1.000€ por vivienda

Calificación C: 700€ por vivienda

  • Los promotores de viviendas calificadas como protegidas del programa especial cuyos proyectos estén sujetos al Código Técnico de la Edificación tendrán una ayuda que consistirá en una subvención por importe de 3.000 euros por cada vivienda a las que sea de aplicación dicho Código Técnico.

Programa 1.2.- Promoción privada de viviendas protegidas para arrendamiento

  • Los promotores de viviendas calificadas como protegidas del programa de régimen especial, general y concetado, cuyos proyectos obtengan una calificación energética de la clase A, B o C, podrán acceder a una subvención con las siguientes cuantías:

Calificación A: 1.500€ por vivienda

Calificación B: 1.000€ por vivienda

Calificación C: 700€ por vivienda

Programa 3.1.- Rehabilitación aislada de edificios y viviendas.

Son actuaciones protegidas en materia de rehabilitación de edificio aquéllas que tengan por objeto:

  • Estabilidad y seguridad estructural y constructiva.
  • Estanqueidad frente a la lluvia, evacuación del agua de lluvia y supresión de humedades.
  • Iluminación y ventilación de espacios. d) Condiciones de salubridad.
  • Sistemas de ahorro energético.
  • Adecuación de las redes generales de agua, gas, electricidad, telefonía y saneamiento.
  • Accesibilidad y supresión de las barreras arquitectónicas.
  • Instalación, renovación y mejora de ascensores y sus condiciones de seguridad.
  • La remodelación del número y/o superficie de las viviendas de un edificio, sin que ninguna vivienda supere, en caso de ampliación, 120 metros cuadrados de superficie útil.

Son actuaciones protegidas en materia de rehabilitación de vivienda aquéllas que tengan por objeto:

  • Redistribución interior.
  • Iluminación, extracción de humos y ventilación.
  • Instalaciones de suministro de agua, gas, electricidad y otros suministros energéticos.
  • Servicios sanitarios, cocina, saneamiento y fontanería.
  • Ampliación de la superficie de la vivienda, conforme a lo dispuesto en el planeamiento urbanístico, hasta un máximo de 120 metros cuadrados.
  • Accesibilidad y supresión de las barreras arquitectónicas.
  • Sistemas de ahorro energético.
  • Aislamiento térmico y acústico.

Programa 3.2.- Adquisición privada y rehabilitación en cascos urbanos consolidados.

En este plan se recoge las condiciones básicas para obtener financiación del Plan en actuaciones de recuperación de núcleos urbanos mediante intervenciones de rehabilitación de sus edificios, con el objeto de destinar las viviendas resultantes a venta o arrendamiento.

Los promotores de vivienda rehabilitadas con destino a venta o renta podrán acceder a una subvención con las siguientes cuantías:

  • Superficie útil de la vivienda resultante de la rehabilitación >30 – <60m2: 5.000€/vivienda
  • Superficie útil de la vivienda resultante de la rehabilitación >60 – <120m2: 7.000€/vivienda

Programa 3.3.- Áreas de rehabilitación integral de conjuntos históricos, centros urbanos, barrios degradados y municipios rurales (ARIS)

Las actuaciones objeto de esta subvención son:

  • En elementos privativos del edificio (viviendas), las obras de mejora de la habitabilidad, seguridad, accesibilidad y eficiencia energética.
  • En elementos comunes del edificio, las obras de mejora de la seguridad, estanqueidad, accesibilidad y eficiencia energética, y la utilización de energías renovables.
  • En espacios públicos, las obras de urbanización, reurbanización y accesibilidad universal, y el establecimiento de redes de climatización y agua caliente sanitaria centralizadas alimentadas con energías renovables.

La cuantía máxima será del del 25 por ciento del presupuesto protegido, con una cuantía media máxima por vivienda rehabilitada de 6.000 euros.

Programa 3.5.-Rehabilitación para personas mayores.

En este programa se protegerán aquellas actuaciones en materia de rehabilitación de edificio que tengan por objeto:

  • Estabilidad y seguridad estructural y constructiva.
  • Estanqueidad frente a la lluvia, evacuación del agua de lluvia y supresión de humedades.
  • Condiciones de salubridad.
  • Adecuación de las redes generales de agua, gas, electricidad, telefonía y saneamiento.
  • Accesibilidad y supresión de las barreras arquitectónicas.
  • Instalación, renovación y mejora de ascensores y sus condiciones de seguridad.

En este programa se protegerán aquellas actuaciones en materia de rehabilitación de vivienda que tengan por objeto:

  • Dotar a esta de servicio higiénico, por carecer del mismo.
  • Accesibilidad y supresión de barreras arquitectónicas.
  • Mejora de la eficiencia energética.

La ayuda consistirá en una subvención autonómica del 75% del presupuesto protegido, sin que en ningún caso pueda exceder del importe de 9.000 € por vivienda en la actuación general y de 12.000 € por vivienda en la actuación de accesibilidad.

Programa 3.6.- Rehabilitación de viviendas de propiedad municipal.

Más información en: Consejería de Fomento – Junta Extremadura.

ADVERTENCIA: El contenido de esta página tiene carácter meramente informativo pudiendo existir errores. Las condiciones de este procedimiento son las publicadas en la normativa correspondiente.

4 Comentarios en Extremadura: Plan de Vivienda, Rehabilitación y Suelo 2009-2012

  1. 17 Mayo 2012 at 17:05 pm | Permalink

    Hola Moises, existen dos líneas de ayudas y subvenciones. Una está establecida a través del Plan de Acción de Ahorro y Eficiencia Energética Plan E4 del IDAE y la otra línea es del Ministerio de Fomento subsecretaría de vivienda. Las primeras están gestionadas por las agencias de energía de las comunidades autónomas, las segundas por las conserjería de vivienda. Consulte en esos organismos para más información.
    Saludos.

  2. MOISES BERMEJO's Gravatar MOISES BERMEJO
    9 Abril 2012 at 10:39 am | Permalink

    Desearía me informaran sobre si existen ayudas a la rehabilitación de vivienda con mas de 100 años. Qué condiciones deben de cumplirse para las mismas, ya que no es vivienda habitual.

  3. 7 Abril 2010 at 9:52 am | Permalink

    En estos momentos en Extremadura no he localizado ayudas para cambio de ventanas, pero las están sacando en todas la mayoría de las Comunidades Autónomas, te puedes informar en la Agencia Extremeña de la Energía.
    De todas formas ten en cuenta que las ayudas no son para poner cristales si no para sustituirlos.

  4. paco fernandez's Gravatar paco fernandez
    6 Abril 2010 at 22:06 pm | Permalink

    quisiera saber si hay ayudas para poner doble acristalamiento en un duplex

    saludos

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