Mediante el Decreto 81/2010, publicado en el DOE número 63 de fecha 6 de abril del 2010, se aprueban las bases reguladoras de la concesión de subvenciones por la Consejería de Industria, Energía y Medio Ambiente, para la adquisición de electrodomésticos de alta eficiencia energética tipo “A” o superior y equipos de aire acondicionado de uso doméstico con clasificación energética “A”.
Los beneficiarios podrán ser las personas físicas, sociedades anónimas, limitadas, cooperativas y comunidades de bienes que se dediquen a la venta de electrodomésticos y/o a la venta de equipos de aire acondicionado en la Comunidad Autónoma de Extremadura. Los compradores de electrodomésticos y/o equipos de aire acondicionado acogidos al Plan Renove serán considerados beneficiarios finales de las presentes ayudas.
Se considera susceptible de ayuda la adquisición de los siguientes equipos:
- Aparatos electrodomésticos:
- Frigorífico y frigorífico-congelador (Combi), clasificación energética A+ y A++.
- Congelador clasificación energética A+ y A++.
- Lavadora clasificación energética A, eficacia de lavado A y consumo energético igual o inferior a 170 Wh/kg.
- Lavadora bitérmica con clasificación energética A y eficacia de lavado A.
- Lavavajillas con clasificación energética A y eficacia de lavado A y consumo energético menor o igual a 0,98 kWh/ciclo.
- Lavavajillas bitérmico con clasificación energética A y eficacia de lavado A.
- Lavavajillas clasificación energética A y eficiencia de lavado A.
- Horno con clasificación energética A.
- Encimeras de inducción total o mixta.
- Encimeras de gas.
- Equipos de aire acondicionado doméstico de clasificación energética “A”, tanto en modo refrigeración como refrigeración-calefacción, cuando se trate de equipos bomba de calor, incluidos en el Real Decreto 142/2003, de 7 de febrero, por el que se regula el etiquetado energético de los acondicionadores de aire doméstico.
Otros requisitos a tener en cuenta son:
- El equipo sustituido deberá ser retirado para su reciclado.
- Los equipos deberán destinarse a uso propio del adquiriente y ser instalados en su residencia.
- No serán subvencionables los equipos que se destinen a locales o dependencias dedicadas a la prestación de servicios o actividades empresariales.
- Los equipos domésticos objeto de estas ayudas deberán tener como destino final su instalación dentro del territorio de la Comunidad Autónoma de Extremadura
La cuantía de las ayudas será:
Electrodomésticos:
- Frigorífico y frigorífico-congelador (Combi) A++ y Congelador A++: 125€/equipo
- Frigorífico y frigorífico-congelador (Combi) A+: 105€/equipo
- Congelador A+: 105€/equipo
- Lavadora A, eficacia de lavado A y consumo energético igual o inferior a 170 Wh/kg: 105€/equipo
- Lavadora bitérmica con clasificación energética A y eficacia de lavado A: 105€/equipo
- Lavavajillas con clasificación energética A y eficacia de lavado A y consumo energético menor o igual a 0,98 kWh/ciclo: 105€/equipo
- Lavavajillas bitérmico con clasificación energética A y eficacia de lavado A: 105€/equipo
- Encimeras de inducción total: 105€/equipo
- Lavavajillas clasificación energética A y eficiencia de lavado A: 85€/equipo
- Horno con clasificación energética A: 85€/equipo
- Encimeras de inducción mixta: 85€/equipo
- Encimeras de gas: 50€/equipo
Aire acondicionado: dependerá de su potencia nominal (P) en refrigeración:
- P<5KW: 150€/equipo
- 5KW<P<9KW: 350€/equipo
- 9KW<P<12KW: 500€/equipo
Más información en: Agencia Extremeña de la Energía
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