Andalucia: Áreas de Rehabilitación de Barrios y de Centros Históricos Mejorar las condiciones de alojamiento de la población y otros aspectos de carácter urbanístico, social y económico

Este programa ha sido regulado dentro del Plan Concertado de Vivienda y Suelo 2008-2012, y aprobado mediante Orden de 7 de Julio de 2009 y Orden de 26 de Enero de 2010. En concreto este plan dispone de un importante instrumento en materia de rehabilitación que consta de un mecanismo integral de rehabilitación de ámbitos urbanos, centrales o periféricos, afectados por problemas habitacionales mediante la integración, la coordinación y el fomento de las distintas actuaciones que los agentes públicos y privados puedan desarrollar en dichos ámbitos urbanos.

Ámbito de aplicación:

Dependera su aplicación de las exigencias generales de cada area a rehabilitar en lo relativo a niveles de ingresos familiares, antigüedad de la vivienda o edificios o superficies para que se ajusten a los objetivos que se buscan. Se aplicarán Programas de regulación local, autonómicos, estatales y de la Unión Europea que se estimen oportunos para conseguir  la recuperación urbana, residencial, social y económica de los ámbitos objeto de la actuación.

La coordinación entre las distintas Administraciones Públicas actuantes y entre las distintas Consejerías de la Junta de Andalucía es esencial para el desarrollo de estas actuaciones, así como la imprescindible presencia en el proceso de los colectivos vecinales afectados.

Áreas de gestión:

La Consejería de Vivienda y Ordenación del Territorio será la que delimite las Áreas de Rehabilitación, pudiendose realizar de oficio o a instancia de los Ayuntamientos que lo soliciten. Una vez delimitada el área sera la Empresa Pública de Suelo la encargada de la redacción del Programa de Actuación desarrollando el programa, su viabilidad y programación económica y temporal.

Las Áreas son declaradas mediante Orden de la Consejería de Vivienda y Ordenación del Territorio. Para el desarrollo de la actuación es fundamental la figura de la Oficina Técnica de Gestión, que la Empresa Pública de Suelo de Andalucía instala en cada Área y que actúa ante los vecinos como ventanilla única. Estas oficinas tendrán como función atender las diferentes necesidades que surgan, ya sean labores urbanísticas, arquitectónicas y de trabajo social, procurando la participación y coordinación permanente con el movimiento vecinal, fundamental para garantizar el éxito de la actuación en su conjunto.

Mas información en: www.juntadeandalucia.es

ADVERTENCIA: El contenido de esta página tiene carácter meramente informativo pudiendo existir errores. Las condiciones de este procedimiento son las publicadas en la normativa correspondiente.

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