La plataforma representa la unión de todo el sector, la mayor parte del sector nacional de energía renovable y de electricidad, en defensa del desarrollo energético del país, en beneficio de todos los ciudadanos en sus diferentes representaciones, individuales, colectivas, asociaciones y empresas.
Las asociaciones miembros agrupan más de 16.000 empresas, dando empleo a una cifra aproximada de 150.000 trabajadores altamente especializados, y con un volumen de negocio superando los diez mil millones de euros: Asociación Empresarial Eólica (AEE), Asociación Empresarial Fotovoltaica (AEF), Asociación de Instaladores Fotovoltaicos sobre Cubierta (AIFOC), Asociación Nacional de Productores e Inversores de Energías Renovables (ANPER), Asociación de Productores de Energías Renovables (APPA), Asociación de la Industria Fotovoltaica (ASIF) y la Federación Nacional de Empresarios de Instalaciones Electricas y Telecomunicaciones de España (FENIE). La Plataforma también cuenta con la participación de organizaciones como CENER, CIEMAT, FUNDACIÓN RENOVABLES, GREENPEACE, IDAE, OCU, SEO y WWF.
Objetivos de la plataforma:
Uniformidad y claridad en los mensajes en materia de energías renovables ligados con la generación distribuida y el autoconsumo tanto hacia la Sociedad en su conjunto como hacia los Órganos Legislativos.
Mayor posición de fuerza al agrupar una multiplicidad de entidades y aprovechamiento de los recursos humanos de las organizaciones miembro.
Plan de Acción:
Realización de campañas de sensibilización e información en el fomento de autoconsumo
La promoción de la generación distribuida y de las instalaciones de pequeña potencia de energía renovable
El logro de incentivos a la instalación inicial
La implementación del balance neto anual (autoconsumo energético)
La mejora de los medios técnicos de gestión de la red de distribución y transporte
La eliminación de trabas burocráticas a la instalación de energías renovables
La aseguración de la calidad de las instalaciones
Beneficios que el autoconsumo energético y la generación distribuida para la Sociedad
- No supone coste para el sistema eléctrico.
- El consumidor obtiene un ahorro económico y energético de por vida con unapequeña inversión.
- Una mayor eficiencia energética del sistema gracias a la generación distribuida,que permite un ahorro energético no inferior al 10%, al evitar las pérdidas portransporte porque la energía se produce cerca de los puntos de consumo.
- Reduce el consumo de combustibles fósiles y la dependencia energética de España con el exterior.
- Reduce las importaciones energéticas, lo que redunda en un menor déficit y la mejora en la Balanza de Pagos.
- Reactiva la actividad económica e industrial nacional y aumenta la competitividad de las empresas. Todo ello implica un tejido empresarial más fuerte y generación de empleo estable y de calidad.
- Facilita alcanzar los objetivos medioambientales del país de lucha contra el Cambio Climático.
- Permite un ahorro a través de las emisiones de CO2 evitadas.
- Permite canalizar el ahorro privado hacia una inversión local y próxima que beneficiará a toda la Sociedad.
“Hemos constatado una falta de cultura en los hogares españoles para controlar el consumo y el ahorro de energía”. Así de contundente se ha mostrado el portavoz de la Agencia Eurostat, Roeland Martens, que ha participado en la presentación del estudio sobre Consumo Energético del Sector Residencial elaborado por el IDAE en colaboración con el organismo europeo.
Este estudio ofrece datos estadísticos elaborados para conocer y analizar el consumo de energía de los 17 millones de hogares existentes en España. El informe, que se ha realizado en un periodo de 18 meses, recoge los resultados de 9.000 encuestas personales y mediciones de consumos eléctricos presenciales en 600 hogares, entre otros datos. Los resultados obtenidos han servido para dibujar un completo mapa de los consumos energéticos agregados, por servicios, usos, zona climática y tipo de vivienda para el caso español.
Según Mertens, existe mucho interés por conocer el comportamiento del sector residencial porque es del que menos información se dispone, mientras que en otros sectores como en el industrial o en el del transporte es mucho más fácil hacer llegar las medidas para la promoción del ahorro energético.
Las conclusiones de este estudio avalan las teorías de los creadores de ahorratuenergia.es, una aplicación web puesta en marcha para el fomento de la rehabilitación energética de los edificios y que está enfocada a mostrar a los propietarios de las viviendas los posibles ahorros energéticos que pueden obtener en sus hogares mediante la implementación de medidas de eficiencia energética. La aplicación permite obtener un informe energético que estima el consumo actual y el potencial ahorro así como la calificación de eficiencia energética del edificio o vivienda. El informe es completamente gratuito y se obtiene tras rellenar tres sencillos pasos.
El informe realizado por el IDAE revela que los hogares españoles gastan al año en energía en torno a 17 millones de euros con un coste medio anual de 995 euros y un consumo medio de 10.500 kWh al año.
Además, el estudio contempla toda una serie de estadísticas sobre los equipamientos y el consumo de las viviendas en nuestro país. Estas son algunas de las conclusiones presentadas:
De media los alojamientos unifamiliares consumen 2 veces más que los pisos.
El consumo de los aparatos en standby que alcanza casi el 10,7% del consumo eléctrico destinado a los electrodomésticos, lo que supone el 2,3% del total, superando ampliamente a los consumos en refrigeración y equiparándose con los correspondientes a las lavadoras.
El consumo energético en el sector residencial está concentrado en la electricidad y el gas natural
La TV es el segundo electrodoméstico de mayor consumo eléctrico, después del frigorífico. El frigorífico es el responsable de casi un tercio del consumo energético en electrodomésticos
35% de consumos para calefacción satisfechos con leñas y ramas en instalaciones localizadas sobre todo en medio rural
Presencia de calderas de calefacción de alta eficiencia sólo en el 1% de los hogares
En el 8% de los hogares con calefacción ésta es centralizada; su consumo es un 20% menor que en sistemas individuales
Las EERR aportan el 16% de la energía destinada al ACS, y se encuentran basadas en diferentes tipos de biomasa sólida
Unos 120.000 hogares disponen de ACS generada en paneles solares térmicos
Las cocinas eléctricas dominan el equipamiento de los hogares: electricidad, vitrocerámica e inducción suponen el 60%
Las bombillas de bajo consumo están ya presentes en el 86% de los hogares. Suponen el 31% del equipamiento
Las energías renovables se encuentran en el 11% de los hogares
Más de la mitad de los hogares desconoce la etiqueta energética de sus electrodomésticos
Mediante la resolución TES/2957/2011, de 20 de diciembre, por la que se hace pública la convocatoria anticipada para la concesión de subvenciones para la rehabilitación energética de la envolvente térmica de edificios de uso residencial y de viviendas del Plan para el derecho a la vivienda 2009-2012, para el año 2012.
Actuaciones subvencionables:
Esta convocatoria se destina a
Las solicitudes de subvención para las actuaciones de rehabilitación energética de la envolvente térmica de edificios de uso residencial y de viviendas presentadas a la convocatoria MAH/1147/2010, de 14 de abril, que no han obtenido resolución favorable con motivo de la falta de dotación presupuestaria.
Las solicitudes de subvención para las actuaciones de rehabilitación energética de la envolvente térmica de los edificios existentes de uso residencial y de viviendas, siempre que las obras cumplan los requisitos técnicos exigidos en el punto 13, se inicien a partir del 1 de enero de 2012 y se ejecuten y acrediten documentalmente su finalización antes del 28 de septiembre de 2012.
Cuantía de las ayudas:
El importe máximo de subvención se fija según los tipos de intervención siguientes:
Parte maciza de los cerramientos de la envolvente térmica, según orientaciones, tanto verticales como horizontales, más las aberturas de éstos (huecos): 60% del presupuesto protegible con un máximo de 4.000 € por vivienda o local.
Sólo la parte maciza de los cerramientos de la envolvente térmica, según orientaciones, tanto vertical como horizontal: 40% del presupuesto protegible con un máximo de 4.000 € por vivienda o local.
Sólo las aberturas de los cerramientos de la envolvente térmica, tanto verticales como horizontales (huecos): 40% del presupuesto protegible con un máximo de 4.000 € por vivienda o local.
ADVERTENCIA: El contenido de esta página tiene carácter meramente informativo pudiendo existir errores. Las condiciones de este procedimiento son las publicadas en la normativa correspondiente
Organismo: Ente Público Regional de la Energía de Castilla y León (EREN).
Fecha inicio: 25/01/2012.
Fecha fin: 30/03/2012.
Mediante resolución 29 de diciembre de 2011 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones del Plan Renove de Ventanas dirigidas a la rehabilitación energética de la envolvente térmica de los edificios existentes de forma que cumplan, al menos, con las exigencias del DB-HE1 del Código Técnico de la Edificación (CTE), mediante la renovación de huecos de fachada exteriores de los edificios.
Actuaciones subvencionables:
Se consideran gastos subvencionales, aquellos gastos que se generen como consecuencia de la actuación a subvencionar y que sean directamente imputables:
Costes de fabricación de las nuevas ventanas.
Costes de desmontaje de las ventanas existentes.
Costes de montaje de las nuevas ventanas.
Costes de retirada de las ventanas sustituidas para su tratamiento medioambiental.
No serán costes subvencionables:
Los gastos y costes financieros, como consecuencia de la inversión
El IVA,
Los gastos realizados en bienes usados.
Gastos de pintura, escayola y/o alicatadas.
Licencias o tasas municipales.
Actuaciones que aumenten la superficie útil construida del edificio.
Cuantía de las ayudas:
La cuantía de la ayuda varía en función de la transmitancia térmica del hueco. Para huecos con transmitancia menor o igual a 1,80 la ayuda será de 165 €/m2 y para huecos con transmitancia igual o inferior a 2,2 la ayuda será de 150 €/m2.
En el caso de viviendas unifamiliares o viviendas individuales en bloque, la cuantía de subvención no superará los 6.000€.
En el caso de edificios de uso residencial por bloque o resto de edificios, la cuantía de subvención no superará los 30.000 €
ADVERTENCIA: El contenido de esta página tiene carácter meramente informativo pudiendo existir errores. Las condiciones de este procedimiento son las publicadas en la normativa correspondiente
La Comisión Europea (CE) ha denunciado a España ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TUE) por no aplicar correctamente la norma comunitaria que obliga a reducir de forma significativa el consumo de energía de los edificios.
De acuerdo con la legislación española, el método para calcular el ahorro energético de los edificios y los requisitos de entrega de un certificado de eficiencia energética no se aplican a todos los tipos de edificios, como defiende la Comisión, sino únicamente a los edificios nuevos y a los que sufren una renovación importante.
“Se trata de un aspecto fundamental del derecho europeo, ya que el certificado de eficiencia energética previsto ofrece una visión clara de la calidad de la construcción desde el punto de vista del ahorro de energía y los costes asociados”, ha dicho el Ejecutivo comunitario en un comunicado.
Para Bruselas, se trata de “una herramienta importante a efectos de la capacidad de negociación al comprar bienes inmuebles o celebrar acuerdos de alquiler: algunas encuestas indican que los compradores pueden estar dispuestos a pagar más por edificios eficientes”.
Además, la Comisión considera que España aún no ha puesto en marcha las medidas necesarias para establecer un régimen de inspección periódica de las calderas. Unas calderas que no funcionen correctamente pueden representar una parte importante de los costes de calefacción, según Bruselas.
En noviembre de 2010, la Comisión solicitó a España, mediante un dictamen motivado, que cumpliera íntegramente los requisitos de la UE. Aunque las autoridades españolas han notificado las disposiciones para ajustar su legislación a las normas europeas, el Ejecutivo comunitario cree que no se ha dado aún pleno cumplimiento a estas.
Los edificios son responsables de alrededor del 40% del consumo de energía y del 36% de las emisiones de CO2 en la Unión Europea. La legislación Europea persigue conseguir una reducción significativa del consumo de energía de los edificios, ayudando así a combatir el calentamiento del planeta, y consolidar la seguridad energética de la UE. Además, ello permite a los hogares reducir sus facturas.
Según la directiva, los Estados miembros deben fijar un método para calcular la eficiencia energética de todos los tipos de edificios y normas mínimas de eficiencia energética para los edificios nuevos y los grandes edificios existentes que sean objeto de una renovación importante. Los Estados miembros también han de garantizar la certificación de la eficiencia energética de los edificios y disponer el control periódico de las calderas y de los sistemas de aire acondicionado.
España tiene regulada la Certificación Energética de Edificios nuevos y la rehabilitación de los existentes a través del RD 47/2007 pero no ha regulado todavía, el mismo certificado para los existentes. La Ley de Economía Sostenible dio un plazo de seis meses al Gobierno para publicar la reglamentación para los edificios existentes. Dicho plazo se cumplió en septiembre de este año. Parece ser que los procedimientos, desarrollados por Miyabi-CENER y APPLUS a través de un contrato con el IDAE como métodos simplificados y CALENER como método general, están ya disponibles. Sólo resta un trámite político para su aprobación.
A lo anterior se añade que, respecto al RD 47/2007, las Comunidades Autónomas tienen que desarrollar su propia legislación. Desde que dicho real decreto entró como obligatorio, octubre de 2007, sólo algunas comunidades han desarrollado dicha legislación tal y como se aprecia en el siguiente gráfico:
ADVERTENCIA: El contenido de esta página tiene carácter meramente informativo pudiendo existir errores. Las condiciones de este procedimiento son las publicadas en la normativa correspondiente.